Un repaso a lo que cada día nos depara...
Hoy haremos un breve repaso de las normas que el Ayuntamiento de Leganés debería tener presente a la hora de evaluar y tomar decisiones relativas a la antigua Avenida de Brasil, actual Calle de la Vergüenza:
Decreto 78/1999, de 27 de mayo, de la Comunidad de Madrid, por el que se regula el régimen de protección contra la contaminación acústica.
Artículo 26
Todos los proyectos de autopistas, autovías, carreteras y líneas férreas sometidas a Evaluación de Impacto Ambiental de acuerdo con la normativa vigente de la Comunidad de Madrid, incluirán un estudio específico de impacto acústico.
¿Existe ese impacto acústico en la antigua Avenida de Brasil, actual Calle de la Vergüenza?; ¿alguien conocía el enorme volumen de tráfico que iba a soportar y ha mirado para otro lado?. Que es una calle, Señor Gómez Montoya, pero se esta utilizando como carretera y Usted no quiere enterarse de ello.
Normas de protección ambiental del Ayuntamiento de Leganés.
Artículo 269. Actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas
1. Las actividades molestas son aquéllas que constituyen o pueden constituir una incomodidad por los ruidos o vibraciones que produzcan o por los humos, gases, olores, nieblas, polvo en suspensión o sustancias que eliminen.
Los vehículos, coches, camiones, volquetes, autobuses, autocares,… que circulan a diario por la antigua Avenida de Brasil, actual Calle de la Vergüenza, producen incomodidades, riesgos y perjuicios por ruidos, vibraciones, humos, gases y olores. Eso es un hecho objetivo e irrefutable, y el Ayuntamiento de Leganés ha abandonado a los vecinos a su suerte.
Artículo 278. Ruido de vehículos
1. Entre las 22:00 y las 08:00 horas se restringirá o se prohibirá en zonas residenciales la circulación de vehículos pesados o, al menos, de los de más de 16 Tm, y se limitará la velocidad de circulación de vehículos en general, a un máximo de 40 Km/hora, o lo dispuesto en ordenanzas municipales.
Bueno, bueno, este artículo esta para quedar bien, porque se incumple a rajatabla. Los vehículos pesados pasan por la antigua Avenida de Brasil, actual Calle de la Vergüenza, cuando menos te lo esperas; respecto de la velocidad máxima habría que soltar una despectiva carcajada... y ¿dónde esta la Policía Municipal de Leganés?; ah, si, protegiendo que ningún vecino se ahogue en un túnel muy mal construido. Querido radar, donde estarás.
2. En las áreas de nuevo desarrollo, los viarios deberán incorporar las medidas correctoras de sus impactos, guardando las distancias fijadas por la Ley de Carreteras, teniendo en cuenta los criterios recogidos en la NBE-CA-88, junto con las medidas que garanticen la protección acústica.
Esta parte es esencial. Los edificios construidos en la antigua Avenida de Brasil, actual Calle de la Vergüenza, además, obra del Emsule, no incorporan dichas medidas correctoras ni distancias; ni más ni menos que ha colocado una calle mal asfaltada a dos metros de las viviendas, y los vecinos “vibramos” de alegría cada vez que pasa un camión.
Ordenanza general de policía y buen gobierno del Ayuntamiento de Leganés.
ARTÍCULO 100.
1.- Los propietarios o usuarios de vehículos a motor deberán acomodar los motores y escapes de los mismos a la prescripciones establecidas sobre la materia en las disposiciones de carácter general.
2.- Los conductores de vehículos a motor, con excepción de los que sirven en coches de la Policía Gubernativa o Local, Servicio de Extinción de Incendios y Salvamentos e Instituciones Hospitalarias, se abstendrán de hacer uso de los dispositivos acústicos de los mismos en todo el término municipal durante las 24 horas del día, aún en el supuesto de cualquier dificultad o imposibilidad de transito sobrevenido en las calzadas de las vías públicas.
3.- En caso de infracción, la Policía Local procederá a la detención de los vehículos y sus propietarios, usuarios o conductores serán denunciados y sancionados con multa.
Otra norma que se incumple, Señor Gómez Montoya. Los vehículos que pasan por la antigua Avenida de Brasil, actual Calle de la Vergüenza, producen excesivos ruidos y vibraciones; además, usan los dispositivos acústicos, es decir, bocinas y claxon, cuando alguien intenta acceder al aparcamiento de la finca o se le ocurre la tonta idea de abrir la puerta del coche para salir una vez aparcado. De nuevo la Policía Local ni esta ni se la espera.
¿Y de la normativa municipal sobre presentación y tramitación de quejas y sugerencias?, mejor no hablar, porque nadie se digna a contestar a las reclamaciones de los vecinos.
Ya sea el Ayuntamiento de Leganés, la Comunidad de Madrid, el Estado español o la Unión Europea, pero alguien debe tomar cartas en este asunto y poner a cada uno en el sitio que le corresponde.